NORMAS CON MOTIVO DE LOS CORTES DE CIRCULACIÓN EN LAS FIESTAS FALLERAS LOS DÍAS 16 DESDE LAS 15 H. HASTA LA MADRUGADA DEL 19 AL 20 A LAS 4 H.
NO SE AUTORIZARAN EN NINGÚN CASO POR RAZÓN DE LA ASISTENCIA AL PUESTO DE TRABAJO
NO NECESITAN AUTORIZACIÓN EXPRESA:
- Residentes (con domicilio o plaza de aparcamiento)
- EMT
- Taxis
- Bomberos
- Policía
- Ambulancias
- Correos
- Gas
- Agua
- Hidroeléctrica,
- Camiones que transporten monumentos falleros.
NECESITAN AUTORIZACIÓN:
Servicios:
- mensajería
- valijas (bancos)
- suministro de: flores, alimentos, mercancía y asistencia técnica (mínimos)
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA OBTENER LA AUTORIZACIÓN:
- Instancia presentada por Registro General de Entrada acompañada de fotocopias teniendo en cuenta que en caso de vehículo de + de 9 Tm o mercancía peligrosa se debe aportar el permiso correspondiente acompañado de declaración jurada o fórmula similar de que sigue cumpliendo los requisitos necesarios para tal autorización (Seguros, ITV, Tarjeta Transportes...):
Para 1 sólo vehiculo se deberá presentar entre 1 y 6 Licencias de establecimientos
El 2º vehiculo se concederá en caso de aportar de 7 a 12 Licencias.
El 3º vehículo de 13 a 18 Licencias y así sucesivamente.
1) En caso de petición de empresa:
- Licencia de apertura de establecimiento o Licencia Ambiental (Actividad Calificada) o Certificado de Compatibilidad Urbanística (Actividad Inocua) propia si reside en el área afectada por la restricción del trafico.
ó
- Licencia de apertura de establecimiento o Licencia Ambiental (Actividad Calificada) o Certificado de Compatibilidad Urbanística (Actividad Inocua) al que suministra, y la propia, si ésta se encuentra fuera del área de restricción al tráfico.
- Documentación del vehículo a su nombre:
· Permiso de Circulación e ITV para todos los vehículos ó
· tarjeta de transportes para:
. Transporte privado de mercancías de más de 3,5 TM de M.M.(vehículo propio que no se contrata para el transporte)
.
Transporte público de mercancías de más de 2 TM de M.M (vehículo que se contrata para el transporte)
Y siempre que el transporte privado o público no sea para transporte oficial, o de dinero, valores, mercancías preciosas con vehículo especialmente acondicionado para ello o de medicamentos, de aparatos y equipos médicos y de otros artículos necesarios en casos de ayudas urgentes .y -
- Documentación del vehículo a nombre de otra persona física o jurídica;
- además de lo anterior, la relación laboral (TC2) o, en el caso de autónomos, el alta fiscal
NORMAS CON MOTIVO DE LOS CORTES DE CIRCULACIÓN EN LAS FIESTAS FALLERAS LOS DÍAS 16 DESDE LAS 15 H. HASTA LA MADRUGADA DEL 19 AL 20 A LAS 4 H. 2011 FALLAS 2011
2) En caso de petición de autónomos:
- Alta en licencia Fiscal,
- Licencia apertura de establecimiento o licencia ambiental (actividad calificada) o certificado de compatibilidad Urbanística (actividad inocua ) del lugar de suministro/reparto dentro del área restringida
- Permiso de Circulación, ITV para todos los vehículos
- tarjeta de transportes:
. Transporte privado de mercancías de más de 3,5 TM. De M.M (vehículo que no se contrata para el transporte)
.
Transporte público de mercancías de más de 2 Tm de M.M. (vehiculo que se contrata para el transporte)
Y siempre que el vehiculo público o privado no sea para el transporte oficial o de dinero, valores, mercancías peligrosas con vehículo especialmente acondicionado para ello, o de medicamentos aparatos y equipos médicos y de otros artículos necesarios en casos de ayudas urgentes.