Las presentes normas tienen por objeto establecer las reglas comunes que
deberán ser respetadas por la totalidad de Comisiones de Falla, así como
Organismos y Entidades invitadas a participar en la Ofrenda de Flores a la
Virgen de los Desamparados los días 17 y 18 de Marzo. El cumplimiento de las
mismas tiene como objetivo la uniformidad en el desfile de todas aquellas
personas que participen en la misma en aras a conseguir, debido a la
complejidad en su planificación, un desarrollo del acto lo mas lucido y
organizado posible.
Sólo se podrá desfilar en los horarios y recorridos oficiales
establecidos por la Junta Central Fallera y aprobados tanto por el Pleno de la
Junta Central Fallera, como por la Asamblea de Presidentes de Falla. Deberá
respetarse con total puntualidad los horarios de salida hechos públicos.
Las Comisiones desfilarán en filas de 5 falleras/os cómo mínimo.
Cuando el número de integrantes de una Comisión no sea múltiple de cinco, se
formarán tantas filas de 5 componentes como sea posible, las necesarias de 4
componentes para completar el total de participantes y, en su caso, una fila de
3 si fuese necesario para completar la distribución total de componentes de la
Falla. En cualquier caso, estas filas inferiores a 5 componentes deberán ir
situadas al final de la Comisión, no pudiendo ir intercaladas en otros lugares del
desfile alterando la distribución general establecida.
La distancia entre las filas será aproximadamente de tres metros (3),
incluidos el estandarte de la Comisión, la Senyera y las canastillas de flores
que sean portadas. Sólo se admitirá la excepción en la distancia que guardarán
las Falleras Mayores de la Comisión respecto del resto de componentes, que
podrá ser aproximadamente de cinco metros (5).
El Presidente de la Comisión mayor irá integrado en la primera fila de
la Comisión de Falla (según distribución que hagan de sus componentes), sin
que pueda ir en ningún caso delante o distanciado de los demás componentes.
El Presidente infantil podrá desfilar destacado con una separación máxima de
tres metros (3) respecto del resto de componentes de su Comisión.
Queda prohibido realizar pasillos de recibimiento por los componentes de la Comisión a las Falleras Mayores a su llegada a la Plaza de la Virgen, o en
las salidas establecidas del recorrido oficial, por cuanto supone una
paralización del desfile en este punto del recorrido que repercute en el
desplazamiento del resto de Comisiones que siguen el mismo.
Se entiende que el recorrido oficial es el establecido por la organización
de Junta Central Fallera y que salvo alteración por causa de fuerza mayor que
lo indiquen los servicios oficiales, comenzaran y finalizarán en:
a) La calle San Vicente Mártir esquina con la calle Cobertizo San Pablo a
plaza de la Reina, a calle Miguelete y finalizando en la calle Caballeros
cruce con calle Serranos o en la calle de la Bailía cruce con calle
Serranos.
b) Al inicio de la calle de la Paz, a plaza de la Reina y hasta la calle
Navellos núm. 6, o en su caso, hasta la calle Almudín cruce con la calle
Leña.
La participación en la Ofrenda de Flores en cualquiera de los dos
recorridos, implicará el obligado cumplimiento de las normas de desfile desde
el comienzo del recorrido oficial hasta su finalización.
Todos los falleros/as que participen en la Ofrenda de Flores deberán
vestir la indumentaria tradicional valenciana aprobada y contemplada en el
artículo 64 del vigente Reglamento Fallero.
Las Comisiones de Falla no podrán invitar a título particular para
participar en la Ofrenda de Flores a cualquier otra Comisión de Falla o
Colectivo Festero no perteneciente al censo de Junta Central Fallera, excepto
la invitación de cortesía que se realice hacia algún colectivo festero con el que
se esté hermanado y que nunca superará el número de 10/12 personas (2
filas). El incumplimiento de esta disposición constituirá motivo de sanción
grave.
Serán causas de sanción las siguientes conductas o hechos:
a) Incumplir el número de componentes por fila o la distancia de separación
marcada para las filas.
b) Desfilar más personas de las que existan en el censo oficial que está
registrado en la secretaría de la Junta Central Fallera a fecha 1 de
marzo, así como invitar a participar en la Ofrenda a otras Fallas o
Entidades festeras no censadas en Junta Central Fallera.
c) Realizar acciones de cantar, bailar, hacer palmas o actitudes similares
durante el recorrido oficial entre los puntos de desfile anteriormente
mencionados, debiendo guardarse la debida imagen conforme al acto de
que se trata.
d) Desfilar destacado el Presidente de la Comisión o cualquier otro de sus
componentes, salvo las excepciones admitidas para las Falleras
Mayores y Presidente infantil.
e) No vestir la indumentaria tradicional contemplada en el Reglamento
Fallero o vistiendo prendas no admitidas en el mismo (ropa de particular,
blusón y similares).
f) Hacer pasillos en el recorrido oficial o en la llegada y salida en la Plaza
de la Virgen.
Se contemplan las siguientes sanciones que serán
tramitadas por la Delegación de Incidencias de Junta Central Fallera, a tenor de
los informes que emita de la Delegación de Actividad Festiva:
a) Las sanciones oscilarán entre el apercibimiento por escrito para las
infracciones leves, hasta la prohibición de desfilar en el ejercicio fallero
siguiente para las infracciones más graves.
b) Para determinar la gravedad de las infracciones se tendrá en cuenta la
repercusión de la infracción en el desarrollo del desfile de la Ofrenda, la
reiteración y reincidencia de las acciones sancionables, así como las
actitudes de desprecio o incumplimiento de las normas anteriormente
descritas.
c) En cualquier caso se procederá a comunicar a las Comisiones que
hayan infringido cualquiera de las presentes normas el inicio del
procedimiento sancionador, para que puedan alegar al respecto de lo
que se constate en los informes de control realizados por la Delegación
de Actividades Festivas.